Los derechos y obligaciones de los socios, viene definidos en los estatutos de la ONG que a continuación os detallamos.
Gozan de la condición de socios aquellas personas que, manifestando por escrito, firmen su inscripción de acuerdo con el documento que se establezca al efecto, sean admitidos como tales y, en su caso, abonen puntualmente las cuotas fijadas.
La admisión de los socios corresponde a la Junta Directiva, la cual decidirá su categoría sin que sea necesario justificar la decisión adoptada.
Las fechas de altas y bajas de los socios, así como otras fechas que se consideren convenientes de acuerdo con el ordenamiento legal vigente, quedarán inscritas en el libro de registro de socios de la Asociación.
1. Formar parte de las actividades que organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
2. Participar en las Asambleas Generales con voz y voto.
3. Ser electores y posibles candidatos para los cargos directivos.
4. Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación.
Los socios fundadores y los socios de número tendrán las siguientes obligaciones:
1. Cumplir los Estatutos presentes y los acuerdos válidos de las Asambleas Generales y de la Junta Directiva.
2. Procurar en todo momento el cumplimiento de los fines de la Asociación.
3. Asistir a las Asambleas Generales.
4. Llevar a cabo las obligaciones inherentes al cargo que ocupan, en caso necesario.
5. Contribuir con su comportamiento al buen nombre y prestigio de la Asociación.
6. Abonar las cuotas que se fijen dentro de los plazos ylas formas acordadas.
Artículo 14.
La condición de socio se pierde por alguna de las causas siguientes:
1. Por la voluntad del interesado notificada por escrito al Presidente de la Junta Directiva.
2. Por indicación de la Junta Directiva, cuando:
- Se hace uso de la condición de socio para obtener contraprestación económica directa o indirecta, a no ser que esta contraprestación sea obtenida directamente de la Tesorería de la Asociación.
- Se prestan servicios que entran en contradicción con los fines de la Asociación o en contra de sus criterios básicos.
- Se produce una negación reiterada a cumplir con los compromisos adquiridos con la Asociación.
- Hay una decisión debidamente justificada por parte de la Junta Directiva.
- Se producen incumplimientos en los pagos de la cuota establecida.